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CONDICIONES GENERALES

CLÁUSULA PRIMERA. DEFINICIONES.

Los siguientes términos, empleados con su primera letra en mayúsculas, tendrán el significado que a continuación se les asigna:

1.1. Propuesta de Servicios: Es el presente documento, integrado por sus Condiciones Particulares, Generales y sus Anexos, mediante el cual la EMPRESA ofrece la prestación del Servicio.

1.2. Condiciones Generales: Son las condiciones generales reproducidas en la presente Propuesta de Servicios y que reflejan los términos genéricos en que la EMPRESA presta el Servicio a sus Clientes.

1.3. Condiciones Particulares: Son las condiciones particulares bajo las cuales se formula la presente Propuesta de Servicios y que reflejan los términos específicos del Servicio propuesto.

1.4. Monitoreo: es la supervisión de los Elementos instalados en el vehículo del Cliente y el servicio de localización a través de un sistema de seguimiento satelital, el que dará aviso a éste y/o a la EMPRESA de la ubicación de un vehículo y de los diferentes Eventos dentro de los plazos que se especifiquen, como así también las demás obligaciones complementarias a cargo de la EMPRESA, en caso de corresponder, las que se detallarán las Condiciones Particulares. 1.5. Elementos: Son todos aquellos componentes electrónicos de propiedad exclusiva de la EMPRESA entregados en comodato y a ser instalados en el vehículo del Cliente para la prestación del Servicio. El comodato tendrá el mismo plazo de vigencia que la propuesta de Servicio.

1.6. Dispositivo: Es el equipo receptor de eventos de propiedad del Cliente desde el cual se monitorean los Elementos instalados en el vehículo del Cliente a través de una página web de la EMPRESA, por medio de una clave otorgada por la ésta al Cliente. El Dispositivo podrá estar compuesto por una PC, Tablet o Teléfono Móvil.

1.7. Cliente: Toda persona física o jurídica a la cual la EMPRESA le presta el Servicio.

1.8. Evento: Es toda señal emitida por los Elementos instalados en el vehículo del Cliente y recibida por el Dispositivo indicando los acontecimientos detallados en Condiciones Particulares. 1.9. Alarma: Es todo Evento anormal o que advierte sobre la proximidad de un peligro el que al ser recibido por un operador de la EMPRESA importará un acción por parte de ésta.

1.10. Falsa Alarma: Es la señal de Evento emitida por los elementos instalados en el Vehículo del Cliente y recibida por el DISPOSITIVO que no corresponde al acaecimiento de un acto de naturaleza delictiva o de los mencionados anteriormente.

1.11. Recupero: es el operativo de búsqueda y localización del vehículo.

1.12. La EMPRESA: Es GENERAL INDUSTRIES ARGENTINA S.A. encargada de la prestación del Servicio, empresa integrante del Grupo Prosegur.

1.13. Service: Es todo mantenimiento o reparación que el personal designado por la EMPRESA realice sobre los Elementos instalados en el Vehículo del Cliente.

1.14. Referente: Es toda persona que figure en la Solicitud de Servicios, que el Cliente haya indicado para ser llamada en los casos que se considere en la presente solicitud.

1.15. Fuerzas de Seguridad: Son los Organismos encargados de proteger la seguridad (Policía, Bomberos y/o Gendarmería).

1.16. Línea de Emergencia: LA EMPRESA pondrá a disposición una línea telefónica con el objeto de recibir, ante un eventual robo, la denuncia directa del titular del VEHICULO.. LA EMPRESA orientará al cliente con los pasos a seguir.

CLÁUSULA SEGUNDA. OBJETO. ALCANCE DE LOS SERVICIOS

2.1.1. El Servicio FLIIT TELEMETRIA consiste en la instalación por parte de la EMPRESA de diferentes elementos en el vehículo del Cliente y la provisión de un acceso web a la plataforma fliit by Prosegur que le permitirá al Cliente su propio monitoreo. Los mencionados elementos están destinados a emitir información sobre diferentes eventos definidos en el ANEXO 1 por parte del Cliente. 2.1.2. El Servicio FLIIT SEGURIDAD comprende el Servicio FLIIT TELEMETRIA más el servicio de recupero. A los fines del presente servicio la EMPRESA pondrá a disposición del CLIENTE una Línea de Emergencia.

2.1.3. El Servicio FLIIT MONITOREO radica en la verificación de alarmas en el momento en que las mismas se generan, por lo que no implica el seguimiento continuo de la posición de el/los VEHICULO/s. Desde la central de monitoreo de la EMPRESA se controlará en forma pasiva la generación de alarmas en los vehículos a monitorear. El CLIENTE instruye irrevocablemente a la EMPRESA para que en caso de verificación de alarmas contacte telefónicamente en forma inmediata a las personas que figuran en la Condiciones Particulares. En caso que la EMPRESA reciba del CLIENTE una alarma o detecte alguna anormalidad en el/los VHEICULO/S monitoreado/s la EMPRESA procederá a realizar la verificación telefónica de dicha situación con la persona designada por el CLIENTE, y en caso que la aquella no pudiere establecer comunicación alguna con el contacto y/o en caso de duda de la situación real, la EMPPRESA declarará el/ los VEHICULO/S en emergencia, notificando dicha circunstancia a las Fuerzas de Seguridad correspondiente, tomando como punto de verificación la última posición del VEHICULO registrada por la central de monitoreo. A los fines del presente servicio la EMPRESA pondrá a disposición del CLIENTE una Línea de Emergencia

2.2 Estas Condiciones Generales reflejan los términos y condiciones bajo los cuales los diferentes Servicios podrán ser prestados al Cliente.

2.3. El pago por parte del Cliente del cargo por la instalación de los elementos implicará la aceptación por parte de éste de todas las Condiciones Generales, Particulares y ANEXOS detallados en la presente Propuesta de Servicio.

2.4. La EMPRESA podrá rechazar abstenerse de llevar acabo la prestación del Servicio cuando el vehículo del Cliente no cumpla con las condiciones mínimas necesarias para una adecuada prestación del Servicio.

2.5. Producida la aceptación de las presentes Condiciones Generales por parte del Cliente, la EMPRESA procederá a llevar cabo la instalación de los Elementos en el vehículo del Cliente conforme al cronograma de instalación que las Partes acordarán oportunamente y siempre de acuerdo a la disponibilidad de la EMPRESA.

CLÁUSULA TERCERA. COMODATO DE LOS ELEMENTOS- INSTALACIóN.

3.1. El Servicio propuesto será perfeccionado mediante la entrega al Cliente de los Elementos en comodato. El Cliente será responsable de las consecuencias derivadas del uso indebido, pérdida o deterioro de los Elementos que exceda al normal uso de los mismos.

3.2. La instalación y conexión de los Elementos será llevada a cabo por personal calificado de la EMPRESA o por quien ésta designe a tal efecto. La instalación se realizará dentro de los TREINTA (30) días desde la aceptación de las presentes Condiciones Generales del Servicio por parte del Cliente, o dentro de un plazo mayor, conforme a la disponibilidad de la EMPRESA, debiéndose tener en cuenta en estos casos, la cantidad de vehículos y/o ubicación geográfica de los mismos.

3.3. El Cliente deberá restituir los Elementos a la EMPRESA en un plazo que no podrá exceder de SIETE (7) días hábiles desde la baja del Servicio por cualquier causa.

3.4. En caso que, transcurridos quince (15) días desde la baja del servicio, el Cliente no hubiera devuelto los Elementos, la EMPRESA procederá a facturar el costo de los mismos. A tales efectos, se fija el valor de los Elementos en la suma de dólares estadounidenses ……………. (U$S …………) al tipo de cambio oficial Banco Nación, del día anterior a la fecha de practicarse el débito, con más el Impuesto al Valor Agregado (y/o de cualquier otro gravamen de naturaleza similar que lo reemplace, sustituya y/o complemente en el futuro) que pudiera corresponder.

CLÁUSULA CUARTA. PRECIO - FORMA DE PAGO.

4.1. El Cliente deberá abonar a la EMPRESA el cargo por la instalación de los Elementos y el Service, así como de adicionales si correspondiera. Los precios mensuales del Servicio y demás conceptos están indicados en las Condiciones Particulares del Servicio. A dichos precios deberá agregarse el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.) y los demás impuestos que pudieren corresponder.

4.2. Todos los importes podrán ser abonados mediante débito automático, transferencia bancaria, depósito, cheque, u otra modalidad de pago que las Partes convinieran en las Condiciones Particulares. Los precios mensuales serán pagaderos por mes adelantado.

4.3. El Cliente incurrirá en mora en forma automática, sin necesidad de interpelación previa alguna. Los importes vencidos e impagos devengarán intereses punitorios calculados a una tasa igual a la tasa que fije el Banco Nación para operaciones de descuento de documentos. Sin perjuicio de ello, el Cliente deberá abonar a la EMPRESA los gastos administrativos que su mora ocasione.

4.4. En caso que la EMPRESA se viera obligada a modificar los precios o las condiciones de su facturación, deberá notificar en forma previa y escrita dicha modificación al Cliente. El Cliente podrá solicitar la baja del Servicio sin que dicha circunstancia confiera a ninguna de las Partes, derecho a reclamar a la otra indemnización alguna. En caso de baja del Servicio, el Cliente deberá poner a disposición, SIN EXCEPCIóN, dentro de los 7 (siete) días consecutivos de la baja el vehículo a fin de restituir los Elementos a la EMPRESA, caso contrario deberá abonar el valor de los elementos según se desprende de la cláusula 3.4.

4.5 LA EMPRESA afrontará los gastos de comunicación necesarios para la Conexión del sistema de Eventos Móvil al Dispositivo, dentro de la República Argentina.

4.6 La EMPRESA emitirá por el servicio la factura por medio electrónico.

CLÁUSULA QUINTA RESPONSABILIDAD.

5.1. La EMPRESA será responsable por el cumplimiento de todas las obligaciones a su cargo conforme estas Condiciones Generales y las Condiciones Particulares que se suscriban.

5.2. Sin perjuicio de ello, el Cliente declara conocer y aceptar que el Servicio constituye sólo un medio para captar y transmitir Eventos en el vehículo del Cliente, pero no garantiza ni asegura al Cliente que no se produzcan hechos ilícitos o dañosos. La EMPRESA no será responsable de los daños y perjuicios que se ocasionen a personas o bienes como consecuencia de la comisión de estos hechos ilícitos o dañosos.

5.3. La EMPRESA no será responsable de las consecuencias derivadas de casos fortuitos, de fuerza mayor y/o culpa del Cliente (incluyendo, pero no limitado al uso indebido de los Elementos, del Dispositivo, alteraciones no autorizadas en la ubicación del vehículo, falta de cobertura celular wifi, o cualquier otra circunstancia producida por un tercero ajeno al presente Servicio que pueda afectar total o parcialmente el mismo). Asimismo, la EMPRESA no será responsable por actos u omisiones de terceros por quienes no deba responder.

5.4. El Cliente declara conocer y aceptar que la vinculación realizada entre los Elementos instalados en su vehículo y el Centro Receptor de Eventos (Dispositivo) de la EMPRESA se efectúa a través de la red celular y que los Elementos requieren de baterías con capacidad suficiente para asegurar su funcionamiento normal y permanente. En razón de ello, la EMPRESA no será responsable por las consecuencias derivadas de falencias en el Servicio, derivadas de o producidas por cortes en la señal celular, congestionamientos, retrasos u otras falencias originadas por terceros ajenos a la presente Solicitud.

5.5. El Cliente reconoce haber sido informado, y acepta que el sistema de localización incorporado en el vehículo puede sufrir problemas puntuales de conexión, que se derivan de la cobertura celular que ofrece la compañía de telecomunicaciones, tanto en zonas geográficas como por estructuras arquitectónicas (por ejemplo, túneles, garajes, entre otros). Serán por cuenta del Cliente los gastos que se deriven de la inmovilización del vehículo por iniciativa propia a su solicitud cuando no pueda reactivarse por encontrarse en una zona de falta de cobertura.

5.7 En caso de destrucción de los Elementos instalados en el vehículo del Cliente, por caso fortuito, fuerza mayor, o por hechos de delincuencia, el costo de reinstalación de los mismos estará a cargo del Cliente.

CLÁUSULA SEXTA. PLAZO.

6.1. El plazo de prestación del Servicio objeto de la presente Propuesta comenzará a regir desde la fecha en que la EMPRESA conecte los Elementos en el Vehículo del Cliente y reciba en forma satisfactoria las señales de prueba de su funcionamiento y se extenderá por el plazo establecido en las Condiciones Particulares. La presente Propuesta se entenderá renovada automáticamente por 12 (doce) meses más a su finalización, y así sucesivamente ante cada vencimiento.

6.2. Cualquiera de las partes podrá solicitar la baja del Servicio en cualquier momento, notificando a la otra con una anticipación de SESENTA (60) días de dicha circunstancia. En ese caso el Cliente deberá poner a disposición de la EMPRESA el Vehículo dentro del plazo perentorio de siete (7) días corridos a fin que ésta pueda proceder a retirar los Elementos de su propiedad.

6.3. El Servicio que se preste durante los TREINTA (30) días posteriores a la recepción de la notificación de baja del Servicio, será facturado conforme a lo establecido en las Condiciones Particulares y cancelado dentro del plazo perentorio de las setenta y dos (72) horas contadas a partir de la fecha de presentación de la factura correspondiente.

CLÁUSULA SEPTIMA. DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CLIENTE.

7.1. El Cliente se obliga a:

(I) Facilitar la labor del personal de la EMPRESA, o de un tercero que esta designe a tal efecto, permitiéndole el acceso a su Vehículo, o donde se encuentren instalados los Elementos a los efectos de su revisión.

(II) Mantener actualizados los datos de los Referentes y comunicar en forma inmediata a la EMPRESA los cambios que tuvieran lugar, tanto de números de teléfonos, nombres, direcciones, correo electrónico, y cualquier otro dato que sea requerido.

(III) Comunicar de inmediato cualquier avería, falla, desperfecto y/o sabotaje que detecte en los Elementos.

(IV) No efectuar ningún tipo de modificación a los Elementos instalados en el Vehículo.

(V) Comunicar de inmediato a la EMPRESA los cambios de titularidad que desee realizar en las Condiciones Particulares y las solicitudes de baja del Servicio.

(VII) Cuidar con la debida diligencia los Elementos, siendo obligación del Cliente mantenerlo en perfecto estado de funcionamiento.

7.2. El Cliente autoriza a la EMPRESA a incluir su nombre en las nóminas de Clientes que puedan ser utilizadas en folletos, notas de presentación u ofertas del Servicio. El Cliente autoriza a la EMPRESA a enviar información a la dirección de e-mail que denuncie en Condiciones Particulares.

CLÁUSULA OCTAVA. INCUMPLIMIENTO - RESOLUCIÓN.

8.1. El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones asumidas por las Partes, facultará a la parte cumplidora a: (I) exigir el cumplimiento; o (II) solicitar la baja del presente Servicio, previa intimación fehaciente a subsanar el incumplimiento en un plazo de quince (15) días corridos contados a partir de la fecha de recepción de la intimación.

8.2. En caso de haber transcurrido 30 (treinta) días de retraso en el pago por parte del Cliente, la EMPRESA podrá suspender automática y preventivamente el Servicio hasta tanto el Cliente pague los importes adeudados. Si dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes de suspendido el Servicio el Cliente no abonara los importes adeudados, la EMPRESA podrá dar de baja el Servicio en forma definitiva, comunicando dicha resolución al Cliente, mediante el envío de un correo electrónico o una carta documento.

8.3 Suspendido temporal o definitivamente el servicio por la falta o retraso en el pago de las facturas emitidas por Servicios prestados, la EMPRESA quedará liberada de todas sus obligaciones derivadas de la presente Propuesta, sin que ello pueda ser motivo de reclamación alguna por parte del Cliente, y sin perjuicio del derecho que asista a la EMPRESA para ejercitar las acciones legales que tuviere por convenientes.

8.4. Producida la baja del Servicio, la EMPRESA se comunicará con el Cliente, a los efectos de proceder al retiro de los Elementos instalados en el Vehículo.

CLÁUSULA NOVENA. MODIFICACIONES.

9.1. Las manifestaciones verbales efectuadas por el Cliente, por la EMPRESA o por su personal sobre toda modificación de estas Condiciones Generales, Particulares y Anexos carecerán de todo efecto vinculante. Las modificaciones que puedan acordarse entre las Partes, eventualmente, deberán realizarse por escrito.

9.2. En caso que cualquier norma emanada de autoridades nacionales, provinciales o municipales competentes imponga modificaciones en las condiciones de prestación del presente Servicio, el Cliente y la EMPRESA renegociarán de buena fe sus términos y condiciones a efectos de adecuarlos al nuevo régimen legal.

CLÁUSULA DECIMA. PROTECCIÓN DE LOS DATOS PERSONALES.

10.1. Las Partes deberán cumplir todas las obligaciones legales vigentes en materia de protección de datos personales y mantener la información que se intercambien con motivo del servicio objeto de la presente en forma confidencial obligándose a no divulgar los datos personales a los que tengan acceso. 10.2. Se deja constancia que los datos personales suministrados por el Cliente con motivo de la prestación del presente Servicio y en los Anexos que forman parte de esta Propuesta , resultan necesarios a los fines de una adecuada prestación del Servicio. Asimismo, el Cliente conoce y acepta que, por cuestiones de organización del Grupo Prosegur, sus datos personales serán cedidos a Prosegur S.A. - una empresa del Grupo Prosegur constituida y vigente conforme las Leyes de la República Argentina, con domicilio en Tres Arroyos 2835 Ciudad Autónoma de Buenos Aires - en cumplimiento de los principios de la Ley de Protección de Datos Personales Nº 25.326. De conformidad a lo establecido en el artículo 14 inciso 3 de la Ley 25.326, el titular de los datos personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita con un intervalo no inferior a seis meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto. Asimismo, se deja aclarado que la Agencia de Acceso a la Información Pública, en su carácter de órgano de Control de la Ley Nº 25.326, tiene la atribución de atender denuncias y reclamos que interpongan quienes resulten afectados en sus derechos por incumplimiento de las normas vigentes en materia de protección de datos personales.

CLÁUSULA DECIMO PRIMERA LEY APLICABLE.

11.1. Estas Condiciones Generales y las Condiciones Particulares serán interpretadas de conformidad con las leyes de la República Argentina.

11.2. A todos los efectos legales que pudieran derivarse de la presente Solicitud de Servicios, el Cliente y la EMPRESA constituyen domicilios especiales en los lugares indicados en las Condiciones Particulares, donde se tendrán por válidas todas las notificaciones que entre ellos se cursen.